J. Scott Weaver, Columnista

Su arrendador le ha ofrecido pagarle para que deje su departamento de renta controlada? Si es así, el Sindicato de Inquilinos de San Francisco (SFTU, por sus siglas en inglés) recomienda seguir estos pasos antes de tomar una decisión:

Paso 1: Conozca sus derechos

Las adquisiciones se han convertido en un método común para que los propietarios ignoren las protecciones de desalojo de la Ordenanza de Rentas de San Francisco para aumentar la renta de su departamento. Los propietarios casi siempre usan una estrategia de ‘zanahoria y palo’: ponen dinero frente a usted y sugieren que podría ser forzado a mudarse.

Estas discusiones a menudo (pero no siempre) ocurren poco antes o después de la venta de un edificio. Durante este tiempo, es posible que haya amenazas ocultas del propietario, como “estoy pensando en mudarme” o “es posible que aplique la Ley Ellis al edificio”. Estos se conocen comúnmente como ‘desalojos fingidos’. La mejor manera de luchar contra esta manipulación es mantener la calma y conocer tus derechos (Visite el SFTU donde podrán informarle sobre sus derechos y referirle con un abogado, según sea necesario).

Ilustración: Gustavo Reyes

Paso 2: Siempre haga las cuentas

La posibilidad de tener $10 mil, $20 mil, incluso $60 mil en su bolsillo solo para dejar su departamento de renta controlada puede sonar tentador. Pero si hace cuentas, verá que el dinero se irá muy rápido.

Digamos que su renta mensual es de $1,500, pero una unidad comparable le costaría $3,500 (Asegúrese de investigar la cantidad de renta que se cobra por unidades disponibles cercanas antes de aceptar cualquier cantidad de dinero). Son $2  mil adicionales que pagará cada mes. En esta situación, una compra de $20 mil le duraría solo diez meses. Una compra de $60 mil le duraría menos de tres años. Después de eso, comenzará a perder dinero. Además, si tiene compañeros de cuarto, tendrá que pensar cuál será su división de esa compra.

Hay solo un par de situaciones en las que las matemáticas pueden funcionar a su favor: 1) Si planea mudarse fuera del Área de la Bahía en un futuro muy cercano o, 2) si, después de conocer sus derechos, usted sabe que el propietario todavía tiene derecho a desalojarlo.

Ilustración: Gustavo Reyes

Paso 3: Procure que el propietario siga la ley

La Ordenanza de Rentas de San Francisco requiere que el propietario le entregue una copia de un ‘Formulario de divulgación de la compra’. Si finalmente acepta la compra, el propietario también debe presentar una copia de ese acuerdo ante la mesa directiva (Consulte la Sección 37.9E en sfrb.org/rent-ordinance). Si el propietario ha estado diciendo que “puede decidir” mudarse a su unidad, entonces debe insistir en que tomen los pasos necesarios para hacerlo legalmente. Esto significa notificar con 60 días de anticipación y presentar una copia a la mesa directiva. Esta es la única forma en que realmente sabrá si se trata o no de un desalojo fingido.

Paso 4: Nunca renuncie a sus derechos

Con frecuencia, el propietario y el inquilino llegan a un acuerdo, pero luego el propietario insiste en una exención que lo obligaría a renunciar a cualquier derecho que pueda tener en contra de él (a menudo estas renuncias llegan de último minuto). Si firma esta renuncia, no podrá demandar al propietario en caso de que éste no se mude al edificio según la Ley Ellis. Incluso si recibió un aviso de mudanza del propietario, aún estará renunciando a su derecho a demandar. Este es el mayor abuso del propietario con respecto a las adquisiciones.

Recuerde: Tiene derecho a rescindir dentro de los primeros 45 días tras el acuerdo.

Si llega a un acuerdo, la disposición de compra de la Ordenanza de Renta permite que el inquilino “rescinda” (cancele) el acuerdo dentro de los 45 días posteriores a la firma. Eso significa que no tendrá que mudarse. Si rescinde, debe devolver el dinero que el propietario le haya pagado.

Esta columna se publicó originalmente en la edición de otoño 2017 de Tenant Times, el boletín informativo del Sindicato de Inquilinos de San Francisco.